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Este es el mapa de las calles y carreteras de Madrid que no van poder pisar los coches sin etiqueta en 2024

A partir del 1 de enero de 2024 los coches sin etiqueta van a estar prohibidos en todo Madrid: no podrán circular por todo su término municipal. Ya no tienen permitido hacerlo ni por la M-30 ni por la almendra central, pero ahora la restricción se extiende a toda la ciudad.

¿A qué calles y carreteras afecta Madrid ZBE en 2024? ¿Se multará ya desde enero? ¿Cómo lo va a controlar el ayuntamiento? Respondemos estas y otras preguntas.

El mapa de Madrid ZBE a partir de 2024

Según detalla el Ayuntamiento de Madrid, el veto a los coches sin pegatina de la DGT se aplicará desde enero en “todas las vías públicas y urbanas del municipio de Madrid”. Es decir, que se impone en todo el término municipal de la la capital y que así delimita el consistorio madrileño.

Incluye por tanto los 21 distritos de Madrid y sus respectivos barrios.Si bien ya no podían circular por los del interior de la M-30 (Centro, Arganzuela, Retiro, Salamanca, Chamartín, Tetúan, parte de Moncloa-Aravaca y parte de Fuencarral – El Pardo), ahora se sumarán estos distritos al completo y el resto de la capital: Latina, Carabanchel, Usera, Puente de Vallecas, Moratalaz, Ciudad Lineal, Hortaleza, Villaverde, Villa de Vallecas, Vicálvaro, San Blas – Canillejas y Barajas.

¿Y en la M-40 o los accesos de las autovías? La gran duda son varias carreteras y autovías que están dentro de este término municipal de Madrid, pero que no gestiona el Ayuntamiento sino el Gobierno o bien la Comunidad de Madrid.

Atendiendo a este mapa, la M-40 se incluye al completo en Madrid (es competencia estatal y por tanto de la DGT), así como la M-45 (depende de las Comunidad de Madrid) y una parte de la M-50 (estatal). También encontramos un gran tramo de la M-607 en el interior de Madrid (Fuencarral- El Pardo) y otro más pequeño de la M-500, entre otras.

Además, todas las autovías estatales arrancan en Madrid y sus tramos de acceso se incluyen en su término municipal: A-1, A-2, A-3, A-4, A-5 y A-6.

Pero en el caso del protocolo anticontaminación de la ciudad de Madrid, se entiende como accesos de las autovías estatales los tramos a partir del acceso a la M-40. Si se aplica igual el veto a los coches sin etiqueta, estaríamos hablando que su restricción comenzaría en idénticos tramos de las estatales. Esto a su vez significaría que la M-40 se quede fuera así como por ejemplo la M-45. En todo caso el Ayuntamiento deberá aclararlo.

¿Cómo se controlará y multará a los infractores?

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En un primer momento, el control de los accesos indebidos los controlarán los agentes de la Policía Municipal de Madrid ya que el Ayuntamiento todavía no ha instalado sistemas de control telemático.

De hecho las cámaras con lector OCR que controlan los accesos a la almendra central y a la M-30 se instalaron en septiembre de 2023, comenzando a multar desde el 15 de enero de 2024.

Aunque previamente Madrid adaptó los semáforos foto-rojo para controlar que se cumpliera la medida en la almendra central, que fue la primera zona en aplicar el veto desde 2022. Por tanto, Madrid podría hacer lo mismo para estos dispositivos en los barrios exteriores de la M-30.

La multa por acceder indebidamente con un coche sin etiqueta a una ZBE es de 200 euros, que con reducción se queda en 100 euros. No va a acompañada de resta de puntos.

No todos los coches sin etiqueta tendrán prohibido circular por Madrid

este es el mapa de las calles y carreteras de madrid que no van poder pisar los coches sin etiqueta en 2024

La prohibición en todo Madrid desde enero de 2024 se aplica a los coches sin etiqueta que no estén empadronados en Madrid (los que no pagan el impuesto de circulación en la ciudad).

Es decir que los empadronados en Madrid se libran, pero siempre que estuvieran registrados antes de diciembre de 2021. Por tanto aquellos que dieran de alta su coche después de esa fecha (diciembre de 2021 en adelante), tampoco van a poder circular por la ciudad.

Además se librarán de forma permanente:

  • Coches adaptados de movilidad reducida. Se incluyen los adaptados para uso por conductores de movilidad reducida (con tarjeta de estacionamiento para personas de movilidad reducida o TEPMR) y los adaptados para su transporte (taxis, VTC…). La TEPMR se puede solicitar aquí.
  • Coches y vehículos históricos. Los matriculados como históricos, aunque obtengan la calificación a posteriori. Si bien pueden circular, deben cumplir algunas restricciones en ciertas zonas de la ciudad. La DGT está definiendo además un nuevo reglamento para matricular un vehículo como histórico: entrará en vigor a principios de 2024.
  • Vehículos de bomberos y fuerzas armadas. También se libran del veto indefinidamente.

Y la prohibición sólo se aplica a coches, no a otros vehículos como motos, furgonetas, camiones o autobuses.

Desde el 1 de enero de 2025 la prohibición a los sin etiqueta se extenderá a todos los coches (incluidos los empadronados en Madrid antes de diciembre de 2021), así como al resto de los vehículos mencionados.

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