El Segundo Tribunal Ambiental de Chile ratificó este jueves el decreto del Ministerio del Medio Ambiente que establece las obligaciones para el sector automotriz en relación con la disposición de neumáticos usados, en el marco de la Ley de Responsabilidad Extendida del Productor (Ley REP).
La sentencia rechazó las alegaciones presentadas por un grupo de automotoras que buscaban anular estos deberes establecidos en el decreto.
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La sentencia resalta que el régimen de responsabilidad extendida del productor tiene como objetivo que los costos ambientales generados por la generación de residuos sean asumidos por los responsables de su producción o introducción en el mercado. Por lo tanto, las automotoras, al vender vehículos que incluyen neumáticos, deben hacerse cargo de la gestión de estos residuos.
Obligaciones Ley REP
En cuanto a las obligaciones derivadas de la Ley REP, la sentencia indica que el establecimiento de metas regionales permite una implementación justa y eficiente, considerando aspectos territoriales y poblacionales.
Cabe destacar que la sentencia no se pronunció respecto de la solicitud de declarar inconstitucionales ciertos artículos del Decreto Supremo, ya que esta materia debe ser abordada a través de un recurso de inaplicabilidad por inconstitucionalidad.
La legislación
La Ley REP, promulgada en mayo de 2016, establece el marco para la gestión de residuos y la responsabilidad extendida del productor, fomentando el reciclaje. El decreto del Ministerio del Medio Ambiente, publicado en enero de 2021, establece metas de recolección y valorización, y otras obligaciones relacionadas con los neumáticos.
Con esta decisión del Tribunal Ambiental, se ratifica la responsabilidad del sector automotriz chileno en el manejo adecuado de los neumáticos usados, contribuyendo así a una gestión más sostenible de los residuos y al cuidado del medio ambiente.
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