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Pese a los últimos rumores, la DGT no ha cambiado el margen de los radares. Repasamos cuáles son

En muchas ocasiones los conductores más atrevidos aplican la regla del 7 para el margen de los radares, pero no siempre es así.

En los últimos días se ha movido como la pólvora en redes sociales y en algunos medios de comunicación generales que la DGT había cambiado el margen de los radares. Pues si eres de esos conductores que te gusta circular al límite de la legalidad debes conocer que la norma no se ha modificado por parte de Tráfico y sigue vigente la que se publicó en 2020 en el BOE.

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Radar camuflado tras un quitamiedos

Ojo con la regla del 7, que no siempre vale

Siguiendo con mitos y creencias populares, habrás escuchado o leído a mucha gente hablar de la famosa regla del 7 para los márgenes de los radares. Incluso hace unos años, 2019 en concreto, desde el perfil de X (antes Twitter) de la Guardia Civil se hacía mención de ella.

Esta regla del 7 para los márgenes de los radares se puede aplicar sólo en el caso de que se trate de un radar móvil colocado en un vehículo de la DGT y que reciba una revisión periódica (ya no es nuevo). Serán 7 km/h más cuando sean límites inferiores o iguales a 100 km/h y un 7% si son superiores a dicha velocidad. Haciendo una cuenta rápida, en una carretera secundaria de 90 serían 97 km/h y en una autovía 128,4 km/h. Pero en los siguientes casos se aplica otra regla:

  • En el caso de que el radar sea nuevo y fijo el margen de error es del 3 km/h para límites inferiores o iguales a 100 km/h y del 3% para los superiores.
  • Para los radares que sean nuevos pero móviles (al ir incorporados en un vehículo de la DGT) se cambia a 5 km/h rodando en vías por debajo o igual a 100 km/h, mientras que en las rápidas es del 5%.
  • Una vez que el radar fijo ya no es nuevo y cuenta con una revisión periódica realizada por los agentes de la DGT, el margen de error sube a 5 km/h en vías que se circule a 100 km/h o por debajo, siendo del 5% en las que se supere esa velocidad.

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Así es el nuevo radar láser ya usado en España, que hace fotos, graba y mide la velocidad a 1,2 km

Las sanciones por superar los límites de velocidad

Pese a estos pequeños trucos que nos da el saber el límite que tienen los radares en nuestras carreteras, desde la DGT siempre abogan por no superarlos en ningún momento. Es más, en caso de rodar a la velocidad máxima indicada por la señalización con lo que indica nuestro coche siempre circularemos por debajo del límite, pues siempre marcan de más (no en todas las marcas programan el mismo error). De todos modos, no está de más recordar que las sanciones por exceder los límites de velocidad se clasifican como leves, graves y muy graves de la siguiente manera:

  • Multas leves con multa de 100 euros y sin retirada de puntos:
    • Límite de 20 km/h: que te pillen entre 21 y 40 km/h.
    • Límite de 30 km/h: entre 31 y 50.
    • Límite de 40 km/h: entre 41 y 60.
    • Límite de 50 km/h: entre 51 y 70.
    • Límite de 60 km/h: entre 61 y 90.
    • Límite de 70 km/h: entre 71 y 100.
    • Límite de 80 km/h: entre 81 y 110.
    • Límite de 90 km/h: entre 91 y 120.
    • Límite de 100 km/h: entre 101 y 130.
    • Límite de 110 km/h: entre 111 y 140.
    • Límite de 120 km/h: entre 121 y 150.
  • Multas graves con multa de 300 euros y 2 puntos del carnet:
    • Límite de 20 km/h: entre 41 y 50 km/h.
    • Límite de 30 km/h: entre 51 y 60.
    • Límite de 40 km/h: entre 61 y 70.
    • Límite de 50 km/h: entre 71 y 80.
    • Límite de 60 km/h: entre 91 y 110.
    • Límite de 70 km/h: entre 101 y 120.
    • Límite de 80 km/h: entre 111 y 130.
    • Límite de 90 km/h: entre 121 y 140.
    • Límite de 100 km/h: entre 131 y 150.
    • Límite de 110 km/h: entre 141 y 160.
    • Límite de 120 km/h: entre 151 y 170.

pese a los últimos rumores, la dgt no ha cambiado el margen de los radares. repasamos cuáles son

Ejemplo de radar móvil

  • Multas graves con multa de 400 euros y 4 puntos del carnet:
    • Límite de 20 km/h: entre 51 y 60 km/h.
    • Límite de 30 km/h: entre 61 y 70.
    • Límite de 40 km/h: entre 71 y 80.
    • Límite de 50 km/h: entre 81 y 90.
    • Límite de 60 km/h: entre 111 y 120.
    • Límite de 70 km/h: entre 121 y 130.
    • Límite de 80 km/h: entre 131 y 140.
    • Límite de 90 km/h: entre 141 y 150.
    • Límite de 100 km/h: entre 151 y 160.
    • Límite de 110 km/h: entre 161 y 170.
    • Límite de 120 km/h: entre 171 y 180
  • Multa muy grave con multa de 500 euros y 6 puntos:
    • Límite de 20 km/h: entre 61 y 70 km/h.
    • Límite de 30 km/h: entre 71 y 80.
    • Límite de 40 km/h: entre 81 y 90.
    • Límite de 50 km/h: entre 91 y 100.
    • Límite de 60 km/h: entre 121 y 130.
    • Límite de 70 km/h: entre 131 y 140.
    • Límite de 80 km/h: entre 141 y 150.
    • Límite de 90 km/h: entre 151 y 160.
    • Límite de 100 km/h: entre 161 y 170.
    • Límite de 110 km/h: entre 171 y 180.
    • Límite de 120 km/h: entre 181 y 190
  • Multa muy grave con multa de 600 euros y 6 puntos
    • Todo lo que se encuentre por encima de las cifras del punto anterior

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