Camiones esperando a desembarcar de un ferry en el puerto de Dover en Gran Bretaña.
Este criterio se aplica incluso cuando el transportista cuenta con un camarote durante el trayecto, que en España ocurre principalmente en el traslado de mercancías entre la península y las islas, sobre todo a Baleares.
Para la Federación Nacional de Asociaciones de Transporte de España (Fenadismer), se trata de una interpretación “muy lesiva” para el desarrollo de esta actividad profesional y advierte de que supondrá un encarecimiento de los productos que viajan hasta Baleares.
En los trayectos que realizaba en el ferry contaba con un camarote con cama, por lo que, conforme a la reglamentación europea sobre tiempos de conducción y descanso, dicho periodo se consideraba tiempo de descanso al no hacerlo a bordo del vehículo. No obstante, el conductor decidió reclamar una indemnización por este periodo de descanso, al considerarlo tiempo de presencia, lo que fue rechazado por el juzgado de lo social.
Por ello, decidió recurrir ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, que sí condenó a la empresa a indemnizar al conductor, al considerar que el trabajador, “mientras permanecía embarcado tenía que estar disponible para cualquier emergencia o cuestión que surgiera, sin disponer con libertad de su tiempo, dejar la embarcación o atender su vida privada o familiar”.
“Las consecuencias de esta doctrina jurisprudencial podrían ser demoledoras para el sector del transporte por carretera de consolidarse dicho criterio, por el fortísimo impacto que ocasionará tanto económico como organizativo de la actividad de trabajo de las empresas transportistas que realizan dicha ruta y el consecuente encarecimiento de los productos que se transportan a las Islas Baleares, ya que es el medio habitual que se utiliza para el traslado de las mercancías entre la península y las islas”, ha advertido Fenadismer en un comunicado.
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